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martes, 30 de diciembre de 2014

Certificación de productos de origen animal para la exportación

Se ha publicado el Real Decreto 993/2014 por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación y que modifica significativamente el procedimiento para la acreditación sanitaria de las exportaciones de productos de origen animal.

En ésta normativa lo primero que llama la atención son algunas definiciones:

-       Certificado veterinario de exportación: Certificado veterinario oficial expedido por los Servicios de Inspección Veterinaria en Frontera.

-      Atestación sanitaria: Certificación veterinaria, realizada por un agente certificador, del cumplimiento de algunos o todos los requisitos exigidos para una exportación determinada, emitida con destino al Servicio de Inspección Veterinaria en Frontera que en base a ella podrá emitir el certificado veterinario de exportación.

-   Agente certificador: Funcionario de los Servicios veterinarios oficiales de las comunidades autónomas entre cuyas funciones figura la realización de atestaciones sanitarias; o, en su caso, veterinario autorizado o habilitado para la realización de atestaciones sanitarias.

-      Organismos independientes de control: terceros independientes que realizarán tareas de apoyo a la autoridad competente en las tareas de control.



La coordinación de las actuaciones previstas en este real decreto, entre las distintas autoridades competentes, se llevará a cabo a través de un Comité de certificación veterinaria para la exportación, dependiente de la Comisión Institucional de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN). Entre sus funciones destacamos:

-  Estudio y análisis de los procedimientos aplicables para la autorización de los organismos independientes de control que actúan en dicho ámbito de acuerdo con la normativa específica reguladora del procedimiento de certificación veterinaria para la exportación, así como para su posterior supervisión, suspensión o extinción de la autorización, o para su apoyo o colaboración en las actividades de control oficial.

-     Disminuir la carga administrativa y agilizar el proceso de certificación, sin merma de las garantías. (Ojo a esto).

En función de los requisitos de certificación que los países importadores exijan para cada tipo de producto y en línea con lo que ya estaba establecido hasta ahora, los certificados veterinarios de exportación serán:

-  Certificados veterinarios de exportación específicos: son los basados en los acuerdos para la exportación (ASE) que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) efectúa específicamente con cada país tercero.

-   Certificados veterinarios de exportación genéricos: son los que acreditan el cumplimiento de los requisitos higiénicos y sanitarios establecidos por la normativa de la Unión Europea.

-      Cuando los modelos de certificados veterinarios de exportación específicos se encuentren aún en fase de negociación para adaptarlos a los requisitos establecidos por la normativa del país de destino, podrá solicitarse la autorización para la emisión de un certificado veterinario de exportación provisional a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.

-     Si el país de destino no exige un certificado de exportación y no existen restricciones aplicables al producto en cuestión para su importación por el país de destino, ni para su exportación por la normativa de la Unión Europea, los Servicios de Inspección Veterinaria en Frontera deberán comunicar su no intervención, que se realizará según el modelo disponible en la herramienta CEXGAN, que incluirá una declaración por la que el exportador asumirá la responsabilidad ante el rechazo de la mercancía por el tercer país o cualquier otra incidencia derivada de la ausencia de certificación.

Todas las solicitudes de certificados se presentarán de forma electrónica a través de CEXGAN, debiendo remitir en formato papel toda la información o documentación necesaria de acuerdo con lo que se establezca para cada certificado veterinario de exportación y de acuerdo con las indicaciones específicas vigentes para cada certificado veterinario de exportación y que podrán consultarse en CEXGAN. Excepcionalmente, cuando por causas no atribuibles al establecimiento no pueda presentarse la solicitud de forma electrónica, su presentación se realizará en formato papel a través de cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

En cuanto a la acreditación de los requisitos exigidos en el certificado veterinario de exportación (hay un periodo transitorio de 8 meses):

-   Cuando en el certificado veterinario de exportación no se contemplen requisitos distintos de los previstos en la normativa de la Unión Europea, no será precisa acreditación o documentación alguna adicional a la solicitud. Los Servicios de Inspección en Frontera comprobarán la inscripción del exportador o del establecimiento elaborador en los registros correspondientes, incluidos el Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos.

-   Cuando los requisitos sean diferentes a los previstos en la normativa de la Unión Europea y la información necesaria para su comprobación esté disponible en los registros y sistemas de información del MAGRAMA, u otros a los que tenga acceso, la acreditación la realizará directamente el Servicio de Inspección Veterinaria en Frontera. Si esto no fuera posible:

o   Para la exportación de productos de origen animal destinados al consumo humano, la acreditación se realizará mediante la comprobación de que el establecimiento productor final dispone de un sistema de autocontrol que le permite garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el tercer país, auditado favorablemente por un organismo independiente de control. En los primeros dos años de éste sistema de acreditación deberá someterse a auditorias semestrales por ese “organismo independiente de control”, y si no hay incidencias graves posteriormente será anual. Deberá acompañarse una declaración firmada por el responsable del establecimiento productor de que dispone de toda la información necesaria para poder comprobar el cumplimiento de los requisitos contenidos en el certificado veterinario de exportación y garantizar la trazabilidad de la partida, y de que la partida cumple todos los requisitos exigidos. Lo relativo a higiene y salud pública exigidos por el tercer país se acreditará mediante una atestación sanitaria emitida por los Servicios Oficiales de la comunidad autónoma. En el caso que participe un organismo independiente de control, la autoridad sanitaria considerará las auditorías de autocontroles específicos realizadas por el señalado “organismo independiente de control”.

o       En el resto de casos (se entiende que cuando no sean productos de origen animal destinados a consumo humano), mediante atestación sanitaria expedida por un agente certificador que recoja literalmente, de acuerdo con la redacción del certificado veterinario de exportación, cada uno de los requisitos que le corresponda acreditar.

Hay que tener en cuenta que será preciso que el establecimiento productor esté incluido en listas específicas para exportar productos destinados al consumo humano cuando el país de destino exija al establecimiento requisitos adicionales o distintos de los previstos en la normativa de la Unión Europea o cuando el tercer país exija la existencia de una lista especifica de establecimientos exportadores. La inclusión en dicha lista deberá ser solicitada también por otros establecimientos que hayan intervenido en la cadena de producción antes que el establecimiento productor final, cuando así lo exija el país importador. Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través de CEXGAN.

En resumen, solo los Servicios Veterinarios de Fronteras (de la Administración General del Estado) podrán emitir certificados de exportación. Los Veterinarios Oficiales de las Comunidades Autónomas (CC.AA) serán Agentes Certificadores que realizarán “Atestaciones Sanitarias”, como cualquier Veterinario, no funcionario, que sea autorizado o habilitado para ello por la Comunidad Autónoma (como los que realizan matanzas domiciliarias, inspección de caza o expiden guías de origen y sanidad pecuaria en algunas CC.AA). Las auditorias para la autorización de exportaciones de productos de origen animal se externalizan en gran parte a favor de “Organismos independientes de control”, como las que ya realizan en el marco de las auditorias del BRC o el IFS. Hasta ahora las auditorias sanitarias para las exportaciones solo las realizaban funcionarios dependientes de “Sanidad Exterior” o de las CC.AA. Es de suponer que se mantendrá un nivel de control mediante auditorias de la Administración para verificar que se está actuando correctamente. O quizás sea mucho suponer.

Que tengan un feliz 2015.

lunes, 31 de diciembre de 2012

El Traductor

Este año que acaba hoy es el año en que los ciudadanos comunes del país desde donde se escribe ésto han tomado reamente conciencia de que el mundo que conocen se derrumba a su alrededor si nos atenemos a lo que desde el poder político y desde los medios de comunicación se transmite: "hay que hacer sacrificios dolorosos", "la alternativa es el abismo", etc, etc. El miedo hace su labor para asumirlo mientras vemos que, efectivamente, vecinos y familiares pierden su trabajo, cierran cientos de pequeños comercios y empresas en un bucle diabólico en que el desempleo y el temor al mismo provoca una reducción notable del consumo, con el consiguiente efecto sobre las ventas de empresas y comercios, impotentes víctimas, a su vez, de éste círculo. Fruto de ello, el brutal descenso de la recaudación de impuestos llevaron a un déficit público casi insostenible, tomándose medidas basadas en recortes drásticos del gasto público que retroalimenta ese bucle depresivo en términos de pérdida de empleo, inversión e inevitable deterioro de servicios en el sector público. Y lo más grave: la renuncia al futuro. ¿Qué es si no la pérdida de una educación pública de calidad y el retroceso irrecuperable en investigación, desarrollo e innovación?
 
En éste panorama, absolutamente real, llama la atención cómo se mantienen prácticas que definen perfectamente la actitud de algunos políticos. Y no nos referimos solo a que sigan cobrando tres sueldos públicos sin inmutarse o que se jacten de reducir asesores cuando en realidad les cambian el nombre de sus puestos por el de "técnicos". Muchos políticos de base, a nivel local, la cantera donde se aprende a "dar codazos" y a "pisar" a competidores para ser futuros dirigentes, nuestros futuros dirigentes, continúan utilizando recursos públicos para su promoción, denigrando e ignorando informes técnicos de sus funcionarios y a los de otras administraciones públicas a su puro capricho y poniendo en riesgo, a veces, la salud de los ciudadanos. Mantener gente con tan pocos escrúpulos es otra forma de renunciar al futuro.
 
No obstante, aunque el consumo interno ha caído no lo ha hecho tanto en el sector alimentario en términos generales (la gente tiene que comer). En muchos casos, donde se ha notado el descenso del consumo se ha suplido bastante mediante el aumento de las exportaciones, observándose un mayor número de solicitudes para la autorización a exportar a determinados países y a figurar en la "Lista Marco". Auditores de las autoridades sanitarias de otros países (EE.UU, Corea del Sur...) nos han visitado este año con mayor profusión. En el marco de éstas auditorías emerge una figura que siempre nos ha llamado la atención, y más este año, por ser una pieza clave, trascendental, en la marcha de una auditoría en la que muchas veces una empresa se la juega: el traductor. Es enorme su poder y a veces no somos conscientes de ello. Generalmente es un gran profesional con bastante experiencia al que no se le escapan los matices del sector en cuestión (por ejemplo, no es lo mismo food security que food safety). Cobra especial relevancia si traduce a idiomas indescifrables por nadie excepto él mismo (el que más y el que menos capta lo esencial del inglés). Es impresionante ver cómo es a veces capaz de "negociar" una frase antes de traducirla para adaptarla mejor a la cultura del interlocutor. Quedamos en sus manos. Es de suponer que al contrario hará otro tanto pero siempre hemos de confiar en él o en ella. Al fin y al cabo suele ser el mismo que el otro año y a todos nos conviene repetir, es buena señal.
 
Felíz 2013
 

viernes, 29 de junio de 2012

A buen entendedor, pocas palabras bastan

Desde que se hizo público, accesible a todo el mundo, el informe de la FVO sobre ocho grandes mataderos de equino y ovino/caprino en España tras la visita de los auditores en mayo de 2011 se nos ha pedido repetidamente que demos nuestra opinión al respecto. Incluso fuera de España este contundente informe tuvo también una gran repercusión. Como consecuencia, durante el último trimestre de 2011 se auditó un gran número de mataderos (sobre todo de ovino) por parte de las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas provocando el cierre de algunos o la urgente adopción de medidas correctoras en otros.

Para quien no haya leído el informe diremos que en resumidas cuentas se consideraron inadecuadas en la mayoría de ellos las condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar animal. Michel Court, experto del Eurogrupo para Animales de la Unión Europea ha comentado al respecto, entre otras cosas, que “es un informe muy preocupante, el bienestar animal no está siendo respetado en muchos mataderos en España y la falta de controles es un gran defecto”.

Parece como si nada hubiera cambiado desde 1984 en que otro demoledor informe de la entonces CEE sobre también ocho mataderos, previo a la adhesión de España, pusiera en la picota a los mataderos españoles en términos a veces muy parecidos.


 
No es cierto y es injusto: nada tienen que ver las condiciones sanitarias de aquellos “Mercatal” o “Mercacual” de la época con las de la mayoría de los actuales grandes mataderos. Cualquier actor de ese sector que tenga una perspectiva de 15, 20 o más años podría afirmarlo. Por eso reconocemos que fue una sorpresa para nosotros cuando hace meses conocimos las conclusiones del informe y en qué términos se expresaba. No obstante, no conocemos de primera mano los mataderos inspeccionados y si se han expresado sus deficiencias de forma tan explícita debe ser porque es así. Hay que reconocer el problema. Por nuestra parte hemos de decir que por los que sí conocemos, se hizo un gran esfuerzo de adaptación tanto por parte de empresarios como por parte de los veterinarios oficiales. Nada tiene que ver el sistema de inspección de aquel 1984 con el actual, con una reestructuración y regionalización del Servicio de por medio. Hemos tenido el honor de conocer a grandes profesionales pioneros en la implantación “procedimientos documentados” en el control oficial. No se merecen ser puestos en cuestión.

Sin embargo, al mismo tiempo han persistido algunos establecimientos, principalmente medianos o pequeños, a los que les sería de inmediata aplicación otra frase de Court: “Es increíble que algunos mataderos puedan operar en tales condiciones, con tantas deficiencias”. Había alguno “maldito” al que todos los recién aprobados en las oposiciones querían evitar a toda costa y donde finalmente iban a parar veterinarios interinos ya informados de antemano de la inutilidad de sus futuros controles ante unos “empresarios” impunes protegidos por el poder político (son puestos de trabajo, alegan los políticos). Sigue abierto. Aún persiste algún matadero municipal en pleno casco urbano, vertiendo a un alcantarillado público que sin depurar va a parar al río. A un conocido, un político le dijo en una toma de posesión (acto por el cual un funcionario de cierto nivel se incorpora a un puesto de trabajo) “no quiero que los problemas lleguen a esta mesa”. A buen entendedor, pocas palabras bastan.

Es conveniente, además, reconocer la persistencia también de algunos “profesionales”, que con el paso de los años parece como si se hubieran fosilizado, que más que hacer su trabajo se pasean por mataderos y otras industrias, producto de una mezcla de constantes refuerzos negativos (falta de incentivos, falta de respaldo institucional, desautorizaciones repetidas), acomodamiento, intereses privados o falta de formación. Hay "profesionales" que en 20 años no han asistido a cursos formación específica (como bienestar animal) y ejercen sin problemas su función (no llegan los problemas a aquella mesa). Es descorazonador que algunos, con semejante curriculum, acaben siendo nombrados para cargos de responsabilidad ante el estupor de sus compañeros. Ejemplos a seguir según los políticos ignorantes que les nombran (su mérito se limita a ser afiliados o conocidos simpatizantes de un determinado partido político). Estamos seguros que ustedes les están poniendo nombres y apellidos a más de uno. (Amigos del continente americano y del resto de Europa, no se alarmen, no son mayoría)

La aplicación de la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias solamente a médicos y otros profesionales de la sanidad  asistencial y no a los profesionales de salud pública (las propias Administraciones públicas incumplen la Ley) no ha permitido el desarrollo profesional que contempla en función no solo de la antigüedad sino también de las actividades de formación, investigación, evaluación del desempeño, etc., lo que da idea de la falta de voluntad política de dar una solución al problema.

En fin, ya lo hemos dicho antes: a buen entendedor, pocas palabras bastan.

jueves, 27 de octubre de 2011

¡Que viene el auditor!

En la industria alimentaria actual ya están acostumbrados: auditorías ISO, UNE, OHSAS (Seguridad e Higiene en el Tabajo), BRC (British Retail Council), IFS (International Food Standards), etc… y, como no, de Sanidad, en sus distintas modalidades atendiendo al particular entramado administrativo español: a nivel local o de Distritos Sanitarios, Provinciales, Consejería de Sanidad, Ministerio de Sanidad, o incluso, si hay mala suerte, de la FVO (Food and Veterinary Office). Si se les ocurre exportar, como ahora que la crisis aprieta y el mercado nacional flojea, habrá que sumar las que realice Sanidad Exterior o los propios auditores del país donde se quiere exportar, como Rusia o México. Todo lo referido es un hecho para productos de origen animal, especialmente si se trata de carnes frescas o productos cárnicos. Es realmente difícil a veces “cuadrar” agendas a la hora de concretar una fecha (Ah, no… que ese día tengo la auditoría de los ingleses, que son unos pesados…)

Pero hete aquí que se acerca la madre de todas las auditorías, la que deben pasar todas aquellas industrias cárnicas que se les ocurrió entrar en el mercado USA: la auditoría del FSIS (Food Safety Inspection Service). La última fue en enero de 2010, por lo que en pocos meses darán un repaso. Previamente, nuestro Ministerio de Sanidad auditará los trece establecimientos actualmente autorizados. En pocos días comienza la ronda. Y no es que cuantitativamente las exportaciones de productos cárnicos a los Estados Unidos de América hayan sido importantes, no acaban de despegar, sino que es también una cuestión de imagen y mantener esa homologación sanitaria abre puertas automáticamente a otros mercados, como Japón.



El estrés que sufren estas empresas, con programas de inspección específicos por parte de los servicios de salud pública de las Comunidades Autónomas para dar cumplimiento a la normativa USA, es comparable al que sufren los pobres inspectores, que suelen ser veterinarios oficiales que han tenido la mala o buena suerte (según se mire) de estar adscritos a alguno de esos establecimientos y que en el temario de sus oposiciones no entraba el Código de Regulaciones Federales (CRF) americano. Y es que se auditan también a los servicios oficiales y es costumbre en éste país echarle la culpa si algo sale mal al que más pone de su parte y está al pié del cañón, pese a haber sufrido, a su vez, una cadena de auditorias “internas” y supervisiones a nivel local, Provincial, Autonómico y Ministerial (algunos bien saben lo que digo). Si es un matadero (que alguno hay), más todavía. Además, las autoridades norteamericanas exigen la presencia diaria del inspector (con controles que hay que registrar y documentar) en el establecimiento. En un matadero vale, aquí también es obligatoria. Pero en otro tipo de establecimientos supone un esfuerzo seguramente exagerado, sobre todo si se da el caso de que solo procesan productos para USA en contadas ocasiones ya que exportan allí una ínfima parte de su producción.

Si ya de por sí es un dispendio de recursos humanos y materiales por parte de la Administración, con los actuales recortes (no se cubren bajas o vacaciones de inspectores) es probable que esa sobreprotección del consumidor norteamericano se haga en detrimento del consumidor local, nacional y europeo. ¿No les parece?