miércoles, 27 de febrero de 2013

¿Qué pasa con las tasas sanitarias en la industria alimentaria?

El pago por servicios prestados por inspectores sanitarios, sobre todo veterinarios, en la industria alimentaria es algo que siempre ha estado vigente de una u otra manera en toda la cadena alimentaria, podríamos decir que de la granja hasta la mesa. Antes de la reestructuración de esos servicios de la Administración (que se realizó entre 1990 y 1992) se pagaba directamente al veterinario titular del llamado entonces Partido Veterinario (al igual que existían, por ejemplo, los Partidos Judiciales) por expedición de documentos sanitarios, desde la aún vigente Guía de Origen y Sanidad Pecuaria (GOSP) que acompañaba a todos los movimientos de animales vivos fuera del término municipal de origen, hasta las conocidas como guías que acompañaban a carnes desde los mataderos o las salas de despiece. Era un complemento, junto con el ejercicio clínico libre, al reducido sueldo básico que se cobraba como funcionario de la Administración, de modo que según el destino del veterinario titular su porvenir económico era mayor o menor. Podía incluso hacerse literalmente rico si iba a parar a un buen "Partido Veterinario" o bien pasar penurias económicas en el caso opuesto. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad son ejemplos actuales e inexplicables de funcionarios públicos que siguen acogiédose a un sistema de retribución parecido aunque con diferencias mucho más favorables a éstos últimos.

Después de aquella reestructuración, se implantó un sistema de tasas de forma que era ya la propia Administración quien cobraba por los servicios prestados por esos funcionarios. Todos pasaron a cobrar lo mismo independientemente de donde fueran destinados o de si tuvieran más carga de trabajo o menos. Con diferencias según las Comunidades Autonomas, algunos veterinarios destinados en Zonas Básicas de Salud o en Delegaciones Provinciales de Sanidad podían compatibilizar el ejercicio clínico libre con su puesto de funcionario a cambio de cobrar menos sueldo. No así los destinados en Comarcas Ganaderas (Consejerías de Agricultura) o en mataderos. Otros profesionales sanitarios, como los farmacéuticos, se han ido incorporando a las labores inspectoras de forma exclusiva si bien persisten, en mayor o menor grado según territorios, los añejos Farmacéuticos Titulares con farmacia pero también con funciones de inspección sanitaria.

Estas tasas que cobra la Administración, no los funcionarios, han sido generales y más o menos uniformes, pese a diferencias puntuales, en cuanto a su cobro efectivo a nivel de mataderos y salas de despiece. En el caso de los mataderos se creó un sistema de deducciones por "suplidos" (empleados del matadero ayudan en tareas de inspeción a los veterinarios oficiales) que aliviaron en gran parte el esfuerzo económico que suponían a las empresas el pago de esas tasas, que podían ser muy cuantiosas. Sin embargo, a nivel de otras industrias alimentarias (tasas por inspección de locales) o en el caso de explotaciones ganaderas (como las tasas por expedición de GOSP) la aplicación de esas tasas, aún existiendo, ha sido muy irregular según las distintas Comunidades Autónomas (CC.AA), dentro de éstas variaba su implantación entre las distintas Provincias e incluso, dentro de éstas, según los Distritos, Zonas Básicas de Salud y Comarcas Ganaderas. Un auténtico caos. Incluso a nivel de establecimientos minoristas o de restauración en unos lugeres se pagaban tasas y en otros no. El hecho cierto es que ante la falta de voluntad política de hacer cumplir las respectivas Leyes de Tasas de la diferentes CC.AA en muchos casos se dejaron de cobrar, quedando reducidas a los mataderos, salas de despieces y almacenes de carnes frescas. Con excepciones según territorios, como siempre.

Ahora, ante la brutal crisis económica y la falta de ingresos en la Administración, en muchos casos se están "rescatando" esas tasas que no se cobraban aún estando contempladas por Ley, incluso promulgando nuevas leyes que sustituyen a las anteriores. Con ésto muchos empresarios se están encontrando, casi de la noche a la mañana, con obligaciones tributarias aparentemente nuevas, que en realidad ya existían pero no hubo voluntad política de aplicarlas, pero con la improvisación como marca de la casa, ordenándose en algunos casos la aplicación de las tasas actualizadas con nuevas leyes sin tener listo el procedimiento para hacerlo. Incluso trámites o certificados que no quedan claros qué precios se les aplican, variando en su cuantía de un día para otro ante el estupor de los empresarios involucrados. Es impresionante ver a los funcionarios dar la cara por la Administración en medio del desconcierto general. No tienen la culpa, pónganse en su lugar.

Ocurre que como en estos momentos se hacen más evidentes la diferencias entre las CC.AA, quien puede, por tener almacén o sucursal, "exporta" desde donde no les cobran o les cobran menos por los Certificados Sanitarios de Exportación o si les trae a cuenta por estar cerca de la "frontera" tributaria o la logística se lo permite.

Por favor, ya está bien. Aunque solo sea por los Certificados de Exportación, ahora tan necesarios, ¿no se puede pagar los mismo en todos los territorios? ¿no se puede pagar más o menos según el valor de la mercancía?